Hoja del Miércoles del 23 de agosto de 2023

¿Qué pasará si estoy en el régimen de empleo de INA y este desaparece porque SITRINA gana la acción de institucionalidad? Lea los detalles en esta Hoja del Miércoles. Favor distribuya esta publicación entre todas las personas funcionarias del INA

202323/08/2023SITRAINASITRAINA
contrato-trabajo

Portada (4)

¿Qué pasa conmigo que estoy en el régimen de empleo del INA, si SITRAINA gana la acción de Inconstitucionalidad y desaparece este régimen de empleo?

SITRAINA cree profundamente en la Sala Constitucional. En días recientes esta instancia declaró sin lugar una acción de Inconstitucionalidad presentada por la Cámara de Industrias para que se gravara con impuesto sobre la renta al salario escolar. Esto no fue un triunfo en específico de sindicato alguno, pero sí algo que debemos celebrar como movimiento sindical nacional.

Aparte, SITRAINA interpuso una acción de Inconstitucionalidad en 2020, en contra del artículo 24 de la Ley 6868, modificado por la Ley 9931, el cual sostiene que

El recurso humano del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) estará sometido a un régimen de empleo que garantice la idoneidad en la selección de las personas funcionarias y se regirá, en cuanto nombramiento, remoción y condiciones laborales, por las regulaciones que, en ejercicio de su potestad reglamentaria, apruebe la Junta Directiva de la institución...

Debido a esto, el nuevo régimen de empleo del INA no fue establecido en una ley. La ley faculta a la Junta Directiva para aprobar un reglamento que le permita al INA crear, suprimir, modificar plazas, nombramientos y desvinculación del personal, definir los temas salariales, pudiendo aplicar a las relaciones de empleo todas las figuras contractuales y modalidades de pago disponibles en el derecho laboral común, haciendo contrataciones por tiempo definido, cargos de confianza, pactar pagos mensuales, quincenales o semanales, por hora o por lección, etc.

La Procuraduría General de la República ha dictaminado en dos ocasiones, al ser consultada sobre nuestra acción de Inconstitucionalidad, que SITRAINA tiene razón en este alegato y, por tanto, esperamos una pronta resolución que se traerá abajo el régimen de empleo del INA.

A junio de 2023, el 51% de las personas trabajadoras del INA se encuentra laborando bajo las condiciones del régimen de empleo del INA. Con el temor a perder la dedicación exclusiva y el vencimiento del plazo para pasarse de régimen de empleo, en un contexto de incertidumbre de las reglas de juego sobre la dedicación exclusiva, este porcentaje aumentó considerablemente en el mes de julio.

En síntesis, existen cuatro grupos de personas que se pasaron de régimen de empleo:

  1. Las personas que han ingresado a trabajar después de que el nuevo régimen entró en vigencia;
  2. Las personas que han optado por un nuevo puesto en la institución;
  3. Las personas que por temor a perder su dedicación exclusiva se pasaron de régimen de empleo;
  4. Las personas que se pasaron porque, al hacerlo, perciben un aumento salarial.

¿Qué pasará si SITRAINA gana este recurso de Inconstitucionalidad? 


Existe una diferencia entre la Dirección General del Servicio Civil y un sistema de servicio civil. La dirección es una institución. Un sistema de servicio civil es aquel que se articulara para que sean criterios técnicos y científicos los que determinen la selección de las personas para que sean las más aptas las que ocupen los puestos y así se pueda brindar servicios de mejor calidad. Además, este sistema garantiza los derechos de las personas trabajadoras y mecanismos imparciales de sanción y de desvinculación de personal.

A través del Reglamento Autónomo de Servicios, se justifican muchos actos administrativos que van en contra del espíritu del servicio civil. Definir a las Gestorías como puestos de confianza es un peligro para toda la institución, ya que estos puestos se politizan y generalmente cambiarán cada cuatro años y serán definidos por la persona que ocupe la Presidencia Ejecutiva, a su vez elegida por la persona que sea Presidente de la República de turno. Luego, como máximo cada cuatro años, personas nuevas tendrán que venir a conocer las dinámicas institucionales (proceso que puede durar año y medio), para luego ejecutar un proyecto de administración inmediatista (en función de obtener resultados para el gobierno de turno) y no una visión que robustezca la institución a mediano y largo plazo.

Otros actos que derivan del artículo 24 son la definición de los famosos paneles para elegir a la persona que ocupará los puestos de Persona Directora 1 y 2 y Persona Encargada 1 y 2, lo cual da un amplio margen a la administración superior para elegir a las Jefaturas del INA, con poca regulación.

Además, se ha modificado el procedimiento de “movimientos de personal” y este procedimiento ahora no es en función de los “movimientos de personal” en sí mismos, sino en función de la “rotación de labores”. De la mano con esto, en dicho procedimiento, la persona afectada por la solicitud de un traslado físico o un traslado físico presupuestario no tiene que firmar la solicitud de este tipo de movimiento.

Otro aspecto delicado son los nuevos modelos de contratación que se impulsan desde el nuevo modelo de gestión del Portafolio de Proyectos, los cuales se encuentran en una fase de plan piloto mediante el Proyecto de contratación de cuartos y medios tiempos para el fortalecimiento del inglés. Este tipo de contratación en condiciones de subempleo podría dejar de ser la excepción y convertirse en la norma en el modelo de contratación del INA y esto podría afectar incluso a las personas que ya se encuentran trabajando, porque la Administración puede modificar las plazas, según el artículo 24.

Finalmente, los mecanismos sancionatorios y los procedimientos de despido sin responsabilidad laboral son gestionados por mecanismos internos que no garantizan totalmente que alguno de los actores institucionales involucrados sea juez y parte del proceso.

Todas estas situaciones van a cambiar, si SITRAINA gana la acción de inconstitucionalidad. Debe someterse a una revisión exhaustiva, y con la participación de la Dirección General del Servicio Civil, todos los procesos de nombramientos de los actuales "puestos de confianza", así como todos los procesos de gestión de despido, tanto los que se encuentran en curso como los que han sido finalizados. No se podrá realizar contrataciones por cuartos y medios tiempos, lo cual garantiza una mayor estabilidad laboral para las personas y los procedimientos de nombramientos de jefaturas y movimientos de personal deberán ser examinados y redefinidos, esto de acuerdo con el espíritu de lo que es un sistema de servicio civil.

Finalmente, ¿qué pasará con mi salario, si desaparece el régimen de empleo del INA?

Debido a la Nota Transitoria V del Reglamento Autónomo de Servicios, esto no afectará los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas de las personas que se encuentran en este régimen de empleo. Por tanto, ustedes conservarán el salario que perciben como salario global del INA y, además, obtendrán la estabilidad laboral del Servicio Civil, en relación con los procesos sancionatorios, los procesos de nombramientos y de despido.

Esto no queda aquí y se abriría un espacio de lucha para SITRAINA, instancia que luchará para que el salario base de las personas que actualmente laborando bajo el Régimen del Servicio Civil sea equiparado con el de las personas que recién ingresen o reingresen a este régimen, pero con un salario base mayor.

lUZMILDA CERDAS ROJAS (1)

WhatsApp Image 2023-07-12 at 8.24.18 AM

 

Te puede interesar
Copia de Copia de Copia de portada facebook estilo collage fotografico mujeres colorido delicado alegre color morado rosado blanco amarillo rojo verde

AUMENTO DE SALARIOS POR COSTO DE VIDA

SITRAINA
202303/04/2024

EL día lunes 01 de abril, los docentes afiliados al Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC) salieron desde muy temprano a las calles para protestar por lo que llaman un incumplimiento del Ministerio de Hacienda en el pago retroactivo mediante el cual se les compensaría el incremento en el costo de vida presentado desde 2019 y que por pandemia en el Gobierno de Don Carlos Alvarado fue congelado.

Copia de Copia de portada facebook estilo collage fotografico mujeres colorido delicado alegre color morado rosado blanco amarillo rojo verde

La Sala Constitucional ANULA el Reglamento Autónomo de Servicio del Instituto Nacional de Aprendizaje ¨RAS¨

SITRAINA
202320/03/2024

En acción de Inconstitucionalidad que interpuso el Sindicato de Trabajadores de Instituto Nacional de Aprendizaje SITRAINA contra la ley N°9931 sobre la reforma de la Ley Orgánica del INA, la sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ya dicto sentencia. El pasado 29 de noviembre del 2023 la sala se pronunció y por conexidad y consecuencia ANULA el ¨Reglamento Autónomo de Servicio del Instituto Nacional de Aprendizaje; fue publicado en la Gaceta el día 18 de enero del 2024.

Lo más visto

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email