Mensaje para las Jefaturas de los Centros Regionales del INA

Compañeros y Compañeras Jefes de Unidades Regionales, no se dejen intimidar, no permitan que se actúen con violencia política en su contra. Nadie tiene que venir a decirles que ustedes no tienen el perfil para ser Jefaturas, a pesar de que sabemos que hay quienes quieren colocar Jefaturas millenials, en cuyos currículums prime el model skills, para debilitar los procesos institucionales y dar un salto significativo a la privatización de la Institución

Notas18/07/2023SITRAINASITRAINA
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Compañero y Compañera, usted vale. El ser humano es un fin en sí mismo y no un medio que puede ser empleado para obtener un fin. Nadie tiene porqué ejercer violencia en contra de ustedes, por más jerarquía política que tenga. Nadie tiene el derecho a venir a decirles que ustedes no tienen el perfil para ser jefaturas. Sabemos que en este proceso de reestructuración, hay quienes están interesados/as en colocar jefaturas millenials, con poca experticia y conocimiento de los contextos geográficos locales, pero con habilidades del modelo skills. Sabemos que hay quienes quieren superponer las habilidades blancas al conocimiento de lo esencial, para así debilitar la gestión de la institución y encaminar los procesos de privatización. Ustedes tienen ese conocimiento que es necesario para conducir los procesos. Deben tener autoestima y no dejarse violentar por nadie. Deben hacer valer su dignidad. Cuentan con el apoyo de SITRAINA.

En otro tema, les contamos que las becas 21 bis derivan de la reforma de la Ley Orgánica del INA que realizó la Ley 9931. Al respecto del artículo 21 bis, la Ley 9931 dice lo siguiente:

Cuando el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) no tenga la capacidad de brindar la atención a una persona para un determinado servicio de capacitación y formación requerido por esta, en un plazo razonable y oportuno definido técnicamente por la institución vía reglamento, ya sea con su propio personal docente o mediante contratación de servicios, el Instituto podrá otorgar becas para cubrir el costo de dichos servicios en centros, públicos o privados, prestatarios de estos servicios a elección de las personas

Como pueden ver, la redacción de la ley no obliga al INA a otorgar este tipo de becas. Simplemente genera una herramienta que se puede aplicar en casos excepcionales, de ahí que se diga “el instituto podrá otorgar" y no “el instituto está obligado a otorgar”. De hecho, el espíritu del legislador es muy diferente del que se le está dando desde 2021 y en adelante, con las cuestionadas Becas INA + Capaz, las cuales fueron investigadas y la investigación fue declarada de carácter confidencial (SITRAINA está detrás de estas información) y actualmente con las becas 21 bis para impartir inglés.

Cualquier persona puede demandar al INA por “x” o “y” razones. Todo el mundo tiene la libertad de realizar demandas a diestra y a siniestra. Ahora bien, no necesariamente por el hecho de que alguien presente una denuncia, por ejemplo porque no se le otorgue una beca 21 bis, a ustedes se les puede abrir un proceso ni ustedes necesariamente son las personas responsables de los supuestos errores.

Compañeros y Compañeras Jefes de Unidades Regionales, SITRAINA les exhorta a no dejarse intimidar, si en algún momento, alguna autoridad del INA les reuniera y les dijera cosas de este tipo. Ustedes cuentan con SITRAINA:

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