Sobre el pago de las anualidades en el INA

SITRAINA hizo las consultas respectivas sobre el pago de las anualidades a la Gerencia General y a continuación les detallamos su respuesta

Notas01/06/2023 Esteban Paniagua Vega
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Mediante el oficio SITRAINA-029-2023 del 11 de mayo de 2023, SITRAINA le realizó una serie de consultas a la Gerencia General, referentes al pago de las Anualidades. En el oficio GG-1013-2023, del 23 de mayo de año en curso, la Gerencia nos brinda las respuestas que son necesarias para aclararle a toda nuestra afiliación la situación del pago de la anualidades.

Tal y como lo había señalado con anterioridad SITRAINA, las personas que cumplen que se encuentren bajo el esquema de salario compuesto y cumplieron anualidad en el mes de enero, febrero y los primeros 8 días de marzo, se les debe reconocer el pago de la anualidad, a partir del mes de marzo.

Quienes cumplen anualidad después del 9 de marzo, se les reconoce el pago correspondiente a anualidad, según lo indicado en el artículo 12 de la Ley de Salarios:

Artículo 12- El incentivo por anualidad se reconocerá el mes inmediato siguiente al aniversario del ingreso o reingreso de la persona servidora pública que labore bajo el esquema de salario compuesto y de acuerdo con las siguientes normas:

a) Si el servidor es trasladado a un puesto de igual o inferior categoría a la del puesto que esté ocupando, no habrá interrupción alguna en cuanto al cómputo del tiempo para el aumento de salario.

b) Si el servidor es ascendido, comenzará a percibir el mínimo de anualidades de la nueva categoría; bajo ningún supuesto se revalorizarán los incentivos ya reconocidos.

c) A las personas servidoras públicas, en propiedad o interinos, se les computará, para efectos de reconocimiento del incentivo por anualidad, el tiempo de servicio prestado en otras entidades del sector público.

Al respecto del retraso en el pago por el concepto de anualidades, según la Gerencia General, para realizar el respectivo pago fue necesario esperar el cierre del periodo de evaluaciones de desempeño 2022, el cual finalizó en abril de 2023, por lo cual ya se cuenta la corroboración del requisito de que las personas cumplan con una nota mínima para recibir este reconocimiento. En palabras de la Gerencia General:

“El pago, de las anualidades 2020, 2021 y 2022, se estará realizando a partir del mes que la persona funcionaria cumplió la anualidad, esto de manera retroactiva para los meses del año 2023, según corresponda; es decir, si la persona funcionaria cumplió la anualidad en el mes de marzo 2023, se le estará cancelando marzo, abril y mayo 2023. Para los siguientes meses, se realizará el pago en el mes correspondiente.”

La Gerencia General también afirma que para realizar el pago se está a la espera de un ajuste en el Sistema de Recursos Humanos para que se consideren las anualidades acumuladas automáticamente en el sistema y una vez solventado esta situación, se procederá con el pago respectivo a la mayor brevedad.

SITRAINA espera se realice este pago durante el mes de junio y de lo contrario, volveremos a hacer la consulta respectiva a la Gerencia General. Si durante el mes de junio no recibe el pago correspondiente a sus anualidades, comuníquese con Su Sindicato.

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